Se turna a la Fiscalía por probable falsificación de documentos.
Expedientes RI-154/2021 RI-156/2021 y Acumulados.
MEXICALI.- El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, le pidió al PES que Rigoberto Campos, compruebe que representa a la comunidad indígena Cucapa de El Mayor a la Diputación local por el Distrito 01, además de turnar el caso a la Fiscalía General del Estado por engaño de documentos.
«Rigo» Campos se presentó como candidato de Grupos Vulnerables, supuestamente representando a la comunidad indígena Cucapa, una cuota del PES, que fue registrada y aprobada la candidatura en el Consejo Distrito 01 que abarca Valle de Mexicali.
Los representantes legales de la comunidad indígena Cucapa, no reconocieron como representante ni como candidato del PES a Diputado local.
Elva Regina Jiménez, magistrada del Tribunal de Justicia Electoral recordó que dos fórmulas de Diputaciones, de las 17 que hay, deben representar a comunidades indígenas.
Para asegurar que sean electas personas de comunidades indígenas, debe verificarse, dijo la juzgadora electoral. Cualquier interpretación a los lineamientos debe conducir a proteger a los grupos vulnerables.
Los y las candidatas deben tener un vínculo con las comunidades indígenas que dicen representar, así que debe verificarse los registros, estableció la Magistrada Jiménez, para corroborar que el aspirante tenga vínculos con la comunidad indígena.
Rigoberto Campos y Adrián Camargo, aseguran que son indígenas Cucapa, y presentaron documentos asambleas de Sonora, sin embargo, la gobernadora tradicional y secretaria de la etnia aclararon que fueron engañadas y que no es intención de reconocer a los candidatos como miembros de la comunidad.
Rigoberto Campos tuvo que ir con la comunidad indígena Cucapa de Mexicali, no de San Luis Río Colorado, Sonora, apuntó la Magistrada Electoral.
El proyecto fue elaborado por la Magistrada Elba Regina Jiménez.
El magistrado presidente del Tribunal Electoral, Jaime Vargas, estableció fraude documental, cuando la propia autoridad tradicional acudió a desmentir dicho vínculo con Rigoberto Campos.
El Instituto Estatal Electoral tendrá un plazo de 72 horas para definir el futuro de la candidatura de Rigoberto Campos, porque debe pedirle al PES que presente documento de la comunidad indígena que se le reconoce la candidatura de representación de grupo vulnerable.
No se le quita la candidatura, solamente el Partido deberá acreditar el apoyo de la comunidad indígena, indicó la magistrada ponente Elba Regina Jiménez.
TJEBC, CONMINA AL IEEBC A EFECTO DE REALIZAR UNA VALORACIÓN QUE ACREDITE LA AUTOADSCRIPCIÓN INDÍGENA CALIFICADA.
En la Vigésima quinta sesión pública no presencial, al resolver el expediente RI-154/2021, RI-156 y Acumulados, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado (TJEBC), determinó modificar parcialmente los Puntos de Acuerdo emitidos por el Consejo Distrital Electoral I y Consejo General, ambos del Instituto Estatal Electoral (IEEBC), relacionados con la solicitud de registro de Rigoberto Campos González y Adrián Gildardo Camargo Borbón, al cargo de Diputación por el principio de mayoría relativa postuladas por el Partido Encuentro Solidario (PES).
El Pleno del Tribunal resolvió en ese sentido, ya que del estudio de los agravios y del análisis de las pruebas ofrecidas, se advirtió que las Autoridades Responsables omitieron cerciorarse de la veracidad de las pruebas ofertadas por los candidatos para demostrar su autoadscripción indígena calificada, pues el vínculo que se pretendió demostrar es una comunidad indígena establecida en el Estado de Sonora, no acreditando con ello el vínculo entre los candidatos y la comunidad residente en el Distrito I que pretenden representar.
Por consiguiente, el Tribunal dispuso dejar sin efecto los Puntos de Acuerdos en cuestión únicamente en lo que fue la materia de impugnación. Por otra parte, el Tribunal conminó al Consejo General, Consejo Distrital y la Unidad de Igualdad del citado Instituto, a efecto de que en lo sucesivo se apeguen a los dispuesto en los Lineamientos procurando la realización de requerimientos de información y valoración que demuestren la efectividad de que el candidato o candidata pertenezca y acredite el vínculo a una comunidad indígena que se pretende representar.
Al respecto, el Presidente del Tribunal, Magistrado Jaime Vargas Flores, destacó sobre este caso en particular que la finalidad de las acciones afirmativas para el presente Proceso Electoral local 2020-2021, fueron diseñadas para que los propios miembros de las comunidades indígenas sean quienes participen en la contienda electoral, ya que del caudal probatorio no se demostró la autoadscripción indígena calificada de los candidatos por el PES, por consiguiente se acordó dar vista a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales de Baja California (FEBC) y a la Fiscalía General del Estado (FGE) para que en ámbito de su competencia resuelva lo que en derecho proceda.
Finalmente, el Magistrado Vargas Flores, recalcó respecto de las acciones afirmativas de comunidades indígenas, es aún un tema pendiente que deberá retomarse concluido el presente Proceso Electoral local, recordando que, en anteriores sentencias el Tribunal ordenó al Congreso del Estado regular sobre las candidaturas de comunidades y pueblos indígenas en Baja California a efecto de evitar este tipo de atropellos.
Las resoluciones pueden consultarse en el portal del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California www.tje-bc.gob.mx