CAMIONES DE JUVENTUD BC ACABAN EN EL «ACARREO» POLÍTICO
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MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.— En un flagrante desvío de recursos públicos, las unidades del Instituto de la Juventud del Estado de Baja California (Juventud BC), destinadas exclusivamente para el transporte escolar gratuito bajo el programa COMUNDER, terminaron operando fuera de la ley al ser utilizadas para eventos políticos.
Una revisión minuciosa de las bases de la licitación pública regional número OM-INJUVEN-044-2026 revela que los camiones tienen prohibido de manera estricta cualquier uso ajeno al traslado de estudiantes a sus centros educativos [1]. El documento no contempla, ni por asomo, autorizaciones para el «acarreo» en actos partidistas.
Las cláusulas ignoradas:
- Destinación única: El numeral 1 de la Información General especifica que el contrato es única y exclusivamente para brindar transporte escolar gratuito a estudiantes de educación media superior y superior.
- Dinero público desviado: Financiado con recursos estatales de las partidas 32501 y 39906, mover estas unidades para fines político-electorales viola directamente las leyes de responsabilidades administrativas.
- Evidencia oficial: Los autobuses implicados portan de manera obligatoria la rotulación institucional con los logotipos oficiales de «Juventud BC» en los costados [1], lo que hace imposible ocultar la anomalía en la vía pública.
Rompieron las reglas operativas
De acuerdo con el contrato vigente para municipios como Mexicali, Tijuana y Tecate, los camiones deben cumplir de lunes a viernes con trayectos estrictamente coordinados (como el traslado hacia planteles del COBACH Nuevo León o la UABC Central). Mientras se encuentran en ruta, las especificaciones obligan a mantener encendido el aire acondicionado, el lector QR y, de manera crucial, el sistema GPS activo, el cual debió registrar el desvío hacia el evento político.
El numeral 18 del pliego de condiciones advierte que cualquier uso que vulnere el objeto del servicio escolar es motivo inmediato de rescisión administrativa de pleno derecho por incumplimiento [1]. Pese a las alertas legales, el transporte estudiantil financiado por los ciudadanos fue puesto al servicio de intereses particulares, dejando las aulas por el mitin.
Documentos
Basado en la revisión minuciosa de las bases de la licitación pública regional número OM-INJUVEN-044-2026 provistas, no se menciona de forma explícita ni se autoriza el uso de los camiones para actos políticos en ninguna parte del documento.
De hecho, las bases imponen condiciones estrictas que vinculan de manera exclusiva las unidades al servicio público estipulado, lo cual indirectamente prohíbe cualquier otro tipo de uso:
- Destinación exclusiva del objeto: El documento establece en el numeral 1 de la Información General (página 2) que la licitación es única y exclusivamente para la contratación del “SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR Y ARRENDAMIENTO DE UNIDADES DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA”.
- Origen de los fondos: En ese mismo párrafo se señala que es un «procedimiento financiado con recursos Estatales correspondiente a las partidas 32501 y 39906» autorizados al Instituto de la Juventud, por lo que el desvío de estos bienes públicos o servicios contratados hacia fines político-electorales violaría las leyes de responsabilidades administrativas y normativas sobre el uso de recursos públicos.
- Rotulación institucional: Las unidades deben estar obligatoriamente e invariablemente identificadas con el gobierno. Por ejemplo, para la Partida 1, el segundo punto de las especificaciones (página 5) detalla: “Las unidades deberán estar rotuladas debidamente con logos institucionales oficiales.”, repitiéndose esta regla para el resto de los municipios y paquetes.
- Cumplimiento estricto del servicio: Las bases advierten en el numeral 4.3 (página 24) que «los servicios prestados cumplan con las especificaciones y condiciones solicitadas en las presentes bases». Cualquier uso ajeno al transporte de estudiantes a sus centros educativos vulneraría el objeto del contrato y sería motivo de rescisión administrativa de pleno derecho por incumplimiento (numeral 18, página 43).
El camión
SDe acuerdo con el contrato OM-INJUVEN-044-2026 adjunto, esta unidad (identificada con el logotipo oficial de Juventud BC en los costados) debe estar asignada exclusivamente a la tarea de brindar el servicio de transporte escolar gratuito para estudiantes de educación media superior y superior. [1]
Específicamente, el contrato detalla las siguientes obligaciones operativas para este tipo de camión:
- Rutas y Horarios Específicos: Debe estar recorriendo de lunes a viernes alguna de las rutas oficiales asignadas para los municipios de Baja California (como Mexicali, Tijuana o Tecate). Por ejemplo, en Mexicali, sus tareas consisten en recoger a los estudiantes en puntos ejidales u orígenes definidos para trasladarlos a planteles como el COBACH Nuevo León o la UABC Central, principalmente en los horarios de 05:00 a 07:00 horas y de 13:30 a 15:00 horas.
- Restricciones de Uso (Sin desvíos): El numeral 4.1 y 4.2 del contrato restringen el uso de los vehículos a los trayectos autorizados por el Instituto de la Juventud. El camión no puede destinarse a fines privados, comerciales o de otra índole gubernamental que no sea el traslado de ida y vuelta de los jóvenes beneficiarios del programa COMUNDER.
- Condiciones Técnicas Obligatorias en Ruta: Mientras ejecuta su tarea, la unidad debe tener activo su sistema GPS para el seguimiento y comprobación de la ruta, el sistema de aire acondicionado encendido (fundamental para la región), el lector de código QR operativo para el ingreso de los estudiantes y el seguro de transporte escolar vigente.

