Comunicado de prensa.
TIJUANA.- En sesión pública del día de hoy, el Pleno del Tribunal de Justicia del Estado (TJEBC) emitió acuerdo plenario, respecto al expediente MI-07/2018, interpuesto por Mónica Juliana Vega Aguirre, Regidora del XXII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., en contra de los actos realizados por el Presidente Municipal de Tijuana, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha veintiuno de marzo de 2018, los cuales a juicio de la actora constituyeron violencia política de género al limitar y obstaculizar el ejercicio de su cargo como Regidora.
Al respecto, el Pleno acordó como improcedente la solicitud de medida cautelar y orden de protección pretendidas por Vega Aguirre, ello sin prejuzgar sobre el fondo del asunto y basándose en el análisis de las pruebas documentales ofrecidas por la recurrente, estas resultaron insuficientes para acordar de conformidad las medidas solicitadas.
Lo anterior, porque para que se den las condiciones para el otorgamiento de dichas medidas, se deben cumplir por lo menos con, la probable violación a un derecho del cual se pide su tutela, así como el temor fundado de que mientras llega la tutela jurídica efectiva, desaparezcan las circunstancias necesarias para alcanzar una decisión sobre el derecho cuya restitución se requiere.
El primer caso, lo constituye el derecho de la actora a ocupar y desempeñar el cargo para el que fue electa, en la que se advirtió que no se ha impedido su ejercicio al mismo, puesto que fue citada con oportunidad y manifestó los puntos de vista sobre los temas que se aprobaron previamente en la referida Sesión Extraordinaria de Cabildo, por tanto no se acreditó el supuesto de violación al derecho político electoral de ser votado, en su vertiente de ejercicio y permanencia en el cargo.
En el segundo caso, relativo al temor fundado, su implementación se limita a prevenir que se evite la posible comisión de un hecho dañoso, lo que en este caso no aconteció, al no advertirse hechos que constituyen un riesgo actual que justifique un temor fundado y se requiera de vincular a autoridades para que le brinden protección con el fin de generar las condiciones de seguridad necesarias para que pueda ejercer el cargo en un ambiente de paz y tranquilidad.