Comunicado de prensa
El inicialista es el diputado panista Sergio Tolento, representante popular del sexto distrito de la capital del Estado
MEXICALI.- La Asamblea Legislativa local aprobó por unanimidad el dictamen uno de la Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, que contiene reformas propuestas por el diputado Sergio Tolento Hernández (PAN) a la Ley de Protección al Ambiente (LPA) de Baja California, con el propósito de dotar de mayores atribuciones a los municipios para el control y reducción de la contaminación en la atmósfera y el suelo.
La iniciativa consiste en adicionar una fracción décima al artículo 113 de la LPA para establecer que, a fin de que los municipios puedan prevenir, controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, se les facultará para “requerir y aplicar las sanciones respectivas a los particulares responsables de quemas dentro de la zona urbana”.
Asimismo, mediante esta reforma aprobada durante la reciente sesión ordinaria se incluye una fracción novena al artículo 136 de la referida Ley de Medio Ambiente, con el objetivo de que en materia de prevención y control de la contaminación en el suelo, los ayuntamientos tendrán la siguiente facultad: “Requerir y aplicar las sanciones respectivas a los particulares que provoquen la contaminación del suelo con tiras clandestinas de los residuos sólidos urbanos en lugares no destinados para ello”.
En el segundo transitorio queda establecido que los ayuntamientos tendrán un plazo no mayor de 90 días hábiles para la realización de la adecuaciones necesarias de sus reglamentos municipales.
En su argumentación, Tolento Hernández puntualizó que no hay actualmente un marco claro y efectivo para que la ciudadanía pueda exigir que se garantice su derecho a la salud y a un medio ambiente sano.
Aunado a lo anterior, agregó que los procesos de sanción a quienes generan estas afectaciones son largos y complicados, y en ocasiones limitativos, sobre todo en el ámbito municipal, en donde desde su perspectiva debe hacerse más amplio y ágil, pues son los municipios quienes tienen el primer contacto con la ciudadanía y es ahí donde se podrían intensificar las acciones de prevención y contención.
Afirmó que “la tira de basura o residuos sólidos y la contaminación del aire, mediante la quema de llantas, leña o basura se agudiza en la temporada invernal, hecho que quedó evidenciado en diciembre del 2015, en donde estuvimos en prealerta ambiental por la contaminación generada por estos conceptos”.
De ahí la importancia, concluyó, que las autoridades más cercanas a la comunidad puedan contribuir a la reeducación y concientización ciudadana, pero también hagan efectivas las sanciones derivadas a la violación de la normativa estatal y municipal.
El dictamen uno de la Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, fue leído en tribuna por el integrante de este órgano de trabajo legislativo, diputado Carlos Torres Torres.
SE INCORPORA LA FIGURA DE COMISARIO SOCIAL HONORARIO EN LA LEY DEL RÉGIMEN MUNICIPAL
El Pleno del Congreso local aprueba propuesta del diputado Raúl Castañeda
El comisario apoyará al síndico procurador en la implementación de medidas de vigilancia de la gestión pública municipal
MEXICALI.- El Congreso de Baja California avaló reformar diversos artículos de la Ley del Régimen Municipal del Estado, con el propósito de crear la figura del Comisario Social Honorario, el cual tendrá como objeto coadyuvar al síndico procurador en la implementación de medidas para la vigilancia de la gestión pública municipal, así como ser un vínculo entre los ciudadanos y las autoridades municipales, entre otras atribuciones.
Mediante esta iniciativa aprobada en la reciente sesión ordinaria, cuyo inicialista es el diputado Raúl Castañeda Pomposo (PAN), se establece que será el síndico procurador quien tendrá la atribución de convocar, capacitar, evaluar, seleccionar, nombrar, remover, coordinar y supervisar a los Comisarios Sociales Honorarios, además de determinar el número de éstos y quienes deberán gozar de prestigio y solvencia moral en la comunidad.
Asimismo, se dispone que durante el tiempo de su gestión no podrán desempeñar ningún empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal, estatal o municipal, además de que los comisarios no tendrán relación laboral alguna por virtud de su encargo con el municipio, por lo que no percibirán ningún tipo de sueldo, salario, remuneración o prestación, garantizando así la objetividad de su desempeño.
Por otro lado, estarán sujetos al régimen de Responsabilidades Administrativas, por lo que les serán aplicadas las obligaciones de confidencialidad, secrecía, resguardo de información y demás aplicables por el acceso que pudieran llegar a tener a documentos o información de carácter reservado o confidencial.
Dentro de las atribuciones que poseerá el comisario, están: dar aviso a la Sindicatura Municipal de los actos u omisiones cometidos por los servidores públicos municipales en el desempeño de sus funciones que consideren irregulares, y canalizar de manera inmediata a la Sindicatura Municipal las quejas que la ciudadanía presente en contra de funcionarios con relación a los servicios prestados por el Ayuntamiento, así como los reconocimientos a su desempeño que la ciudadanía presente.
También podrá opinar y realizar propuestas sobre las políticas públicas municipales en materia de desarrollo social; coadyuvar con la Sindicatura Municipal en la vigilancia y orientación de los programas municipales de desarrollo social, así como en la vigilancia de obras públicas y programas estratégicos del ayuntamiento; y por último, proponer mecanismos para que la sociedad participe en la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción.