El día de hoy el Tribunal de Justicia Electoral del Estado, resolvió por unanimidad de votos, tres procedimientos sancionadores, dos recursos de inconformidad y un recurso de revisión, de la siguiente manera:
El Consejo General del IEE ha sido omiso en proporcionar el financiamiento público estatal permanente a los partidos Humanista de Baja California y Peninsular de las Californias.
DEBE IEEBC ENTREGAR RECURSOS A PENINSULA Y HUMANISTA
El TJE resolvió por unanimidad de votos, que el Consejo General del IEE ha sido omiso de entregar a los partidos Humanista de Baja California (RI-134/2016), y Peninsular de las Californias (RI-135/2016), la sexta ministración de financiamiento público para actividades ordinarias permanentes correspondientes al mes de junio del año en curso.
Lo anterior, en virtud de que conforme el Dictamen 21 mediante el cual se determinó el financiamiento a entregar a los partidos políticos en el presente ejercicio fiscal, se acordó que el 16 de junio debía entregarse la sexta ministración a los hoy recurrentes, por la cantidad de $198,200.35 M.N. en cada caso.
Sin embargo, la autoridad electoral tomando en cuenta los resultados de los cómputos distritales y estatal, que se desarrollaron desde el 8 hasta el 18 de junio, determinó que los partidos que nos ocupan, al no haber alcanzado el 3% de la votación válida emitida para mantener su registro, habían entrado en fase de prevención, previo a que se emita el acuerdo definitivo sobre la pérdida de registro.
Omisión que se consideró fundada, pues el 16 de junio nació el derecho de los partidos Humanista y Peninsular de recibir la sexta ministración, y fue hasta el día 18 del mismo mes que se generó el supuesto de prevención aludido por la responsable, motivo por el cual, el día 16 se debían de entregar las ministraciones; aunando a que el interventor fue designado hasta el día 28 del citado período.
Por ello el TJE resolvió que en un plazo de 24 horas, el Consejo General deberá entregar a los recurrentes, el financiamiento del mes de junio; con la salvedad de que los gastos que realicen los partidos políticos, en virtud de la fase de prevención, deberán estar autorizados por el interventor designado.
Rechazan queja de PRI por entrega de despensas
Inexistentes violaciones reclamadas en tres procedimientos sancionadores
El Tribunal al resolver los procedimientos especiales sancionadores radicados en los expedientes PS-41/2016 y PS-42/2016, determinó como inexistentes las violaciones reclamadas en contra el Titular del Poder Ejecutivo y otros servidores públicos, pues en el PS-41/2016 no se acreditó que con la entrega de cajas (despensas) se estuvieran realizando actos a favor de los candidatos del Partido Acción Nacional, aunado a que ello forma parte de la actividad ordinara de la Secretaría de Desarrollo Social, como en el programa establecido en el “Lineamiento para la ejecución de los recursos asignados a la Dirección de Asistencia Social”.
Tampoco se acreditó en el PS-42/2016, que el Titular del Ejecutivo hubiere remitido correo electrónico apoyando al entonces candidato del Partido Acción Nacional, a la alcaldía del municipio de Tijuana, ya que de la investigación realizada por la Unidad de lo Contencioso Electoral del IEE, no se encontraron indicios al respecto.
Asimismo, en el expediente PS-40/2016, no se acreditó, que en el periodo de veda electoral, diversos candidatos a munícipes y diputados hubieren difundido en la red social “Facebook” actos de propaganda electoral, pues de las diligencias realizadas por la Unidad de lo Contencioso Electoral, algunas de las páginas de los candidatos denunciados estaban suspendidas temporalmente y en otros no se encontró la propaganda denunciada.
Finalmente, y en virtud del desistimiento presentado y ratificado por el PAN en el expediente RR-117/2016, donde se impugnaba la nulidad de seis casillas instaladas en el Distrito XVI, de la elección de Diputados, se acordó el desechamiento de dicho medio impugnativo.