Comunicado
En los municipios de Tijuana y Tecate
MEXICALI. – La Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezada por el Consejero Electoral, Daniel García García, declaró procedente la designación de Arturo Peña Moral y Rafael Hernández Castillo, como presidentes provisionales del Comité Directivo Municipal del Partido Baja California en los municipios de Tijuana y Tecate respectivamente.
En la sesión de dictaminación celebrada este miércoles en la Sala de Sesiones del IEEBC, la comisión conformada también por las Consejeras Lorenza Soberanes Eguia y Bibiana Maciel López quienes fungen como vocales, determinó que el partido cumple satisfactoriamente con los requerimientos legales y estatutarios en el nombramiento del presidente provisional de los comités directivos municipales anteriormente mencionado especificados en los dictámenes 50 y 51, respectivamente.
Por lo tanto, se procederá a expedirse la constancia de nombramiento a los presidentes nombrados y el partido tendrá que convocar dentro los siguientes quince días a la sesión correspondiente para la designación del presidente del Comité Directivo Municipal, de conformidad con el marco legal vigente y su normatividad estatutaria.
Será en los próximos días que estos dictámenes serán puestos a disposición del Consejo General del IEEBC.
SE DECLARA EN COMISIÓN, IMPROCEDENTE ACREDITACIÓN DE “ENCUENTRO SOCIAL” ANTE CONSEJO GENERAL DEL IEEBC
Esto debido al incumplimiento de dos aspectos determinados por el legislador local
Con dos votos a favor y uno en contra, la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEECB), presidida por el Consejero Electoral, Daniel García García, se declaró improcedente la solicitud de acreditación de “Encuentro Social” partido político nacional ante el Consejo General Electoral, para contender en el proceso ordinario y, en su caso, extraordinario 2017-2018 (sic).
La resolución se tomó con base en los términos de los Considerandos VIII y IX del proyecto de dictamen número 47 de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento en donde se concluye que la actuación de los partidos políticos nacionales está sujeta a las leyes y autoridades electorales de los Estados, cuando actúan en el ámbito de las elecciones locales, en consecuencia y de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Partidos Políticos, en donde se establece que los partidos políticos nacionales con registro en el Instituto Nacional Electoral (INE), tienen derecho a participar en elecciones de la entidad, sujetándose a las leyes generales en la materia, la Constitución del Estado y esta Ley, se deberá solicitar la acreditación durante el mes de agosto del año anterior a las elecciones ordinarias ante el Consejo General.
Como es bien sabido, las elecciones ordinarias a celebrarse en este Estado ocurrirán en 2019, año en el que se elegirán Gobernador, Diputados al Congreso Local y Munícipes de los Ayuntamientos, cuyo proceso iniciará el segundo domingo del mes de septiembre de 2018. Por lo tanto, dada la fecha en la que nos encontramos, es causa suficiente para que la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento desechara tal solicitud, sin embargo, con la finalidad de ser exhaustivos respecto de los requisitos que alude la ley local, se procederá a revisar la documentación que obra en el expediente. Asimismo, se incumple también con la integración de su comité directivo o estructura equivalente en el Estado.
Por lo anterior, se concluyó que la solicitud de acreditación presentada por “Encuentro Social”, Partido Político Nacional, incumple con dos aspectos que el legislador local determinó para acreditarse y poder participar en el proceso electoral local.
Cabe destacar, que este dictamen será remitido al Consejo General del IEEBC para su resolución definitiva.
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