
MEXICALI.-Luego de una larga audiencia de más de 24 horas, no fue vinculado a proceso el ex director de Seguridad Pública Municipal (DSPM), Pedro Ariel Mendívil y el ex comandante de la policía Eduardo Luis Alfonso Jacobo, mientras que el resto de los agentes imputados y el hermano de uno de ellos, se mantendrán en cárcel siguiendo el proceso penal.
Uno de los acusados, Kevin González Álvarez:, agente activo de la corporación policial, quedará sujeto al proceso penal acusado de desaparición forzada, robo de vehículos y asociación delictuosa, además del hermano de este preventivo Jesús Armando González Álvarez, identificado con los alias de «El 8-9″ o «El 4-4«.
Otro imputado vinculado a proceso fue el ex agente Juan Carlos Jaques Álvarez.
Fernando Serrano Jiménez, decretó la libertad de los no vinculados a proceso, acusados por la Fiscalía General del Estado.
La hermana y familia de Pedro Ariel Mendivil celebró la decisión del Juzgador, fuera de la sala 7 donde se realizó la audiencia la resolución de no vinculación a proceso.
Reporte oficial
JUEZ DE CONTROL DICTA AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO EN CONTRA DE TRES IMPUTADOS POR EL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA. EN EL CASO DE PEDRO ARIEL MENDIVIL Y LUIS ALFONSO JACOBO SE RESOLVIÓ LA NO VINCULACIÓN POR FALTA DE ELEMENTOS PRESENTADOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO
En Audiencia de Vinculación a Proceso que inició a las 11:30 horas del domingo 02 de agosto y concluyó a las 15:30 horas del lunes 03 de agosto de 2026, un Juez de Control del Partido Judicial de Mexicali decretó Auto de Vinculación a Proceso a tres personas exagentes de la policía municipal:
Kevin “N”, Eduardo “N” y Juan Carlos “N”, por los delitos de Desaparición Forzada de personas, Robo de Vehículo y Asociación Delictuosa, por hechos ocurridos el 03 de enero de 2023.
En la misma audiencia la persona juzgadora determinó no vincular a proceso a los de nombre Pedro Ariel Mendivil y a Luis Alfonso Jacobo, imputados en la Causa Penal 06740/2026 con el NUC: 02-2023-00334. Lo anterior al considerar que los datos de prueba expuestos por el Ministerio Público resultaron insuficientes para establecer la probable participación del mencionado en el hecho, por lo que no estan satisfechos los elementos necesarios para lograr la vinculación.
Durante la exposición del Juez de Control, determinó que el Ministerio Público no estableció cuál conducta de estos últimos que permitió la desaparición de las víctimas, ni se demostró que tuvieran comunicación con los diversos agentes vinculados a proceso.
Esta resolución no constituye una declaratoria de inocencia, ni impide que el Ministerio Público continúe con la investigación y, en su caso, vuelva a solicitar audiencia si reúne mayores elementos de prueba, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.

