MEXICALI.- Durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado, la diputada Patricia Ríos, propuso reforma al Código Civil para obligar a la reparación del daño a quienes difundan contenidos que afecten el honor de personas, como es el cybersexo.
La legisladora priísta presentó la iniciativa que comprende la reforma a la fracción I del artículo 1794 BIS del Código Civil para el Estado, para obligar a la reparación del daño moral a quien comunique a través de cualquier medio incluidos los electrónicos, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado e indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia.
TRINY VACA TAMBIÉN PROPUSO LO MISMO PERO EN PENAL
El pasado 17 de mayo se presentó una reforma al Código Penal, bajo el mismo sentido que la legisladora Patricia Ríos, quien propuso los cambios al Código Civil.
La propuesta de la legisladora Triny Vaca contempla la Reforma del Artículo 175 del Código Penal para el Estado de Baja California.
El objetivo de la iniciativa indica que «al que sin consentimiento de la persona que legítimamente pueda otorgarlo, difunda, revele, transmita o reproduzca imágenes, audio o audiovisuales, con contenido sexual de alguna persona».
La pena propuesta es de seis meses a tres años de prisión y de doscientos a quinientos días de multa.
Triny Vaca indicó que actualmente se encuentra tipificado como contenido pornográfico, pero el tratamiento es distinto, por eso por medio de esta reforma lo que buscamos es regular esta situación y la difusión de imágenes, audios o videos íntimos o de contenido sexual para que sea considerados como un delito.
Este tipo de delito puede ser considerado como una forma de violencia contra la mujer, aunque no existen estadísticas la mayoría de este material que se difunde o “viraliza” en redes es para exhibir a la mujer.
En España, Chile y Argentina son algunos países que ya están regulando la difusión de imágenes íntimas, videos o de audio con contenido
En Nuevo León, Ciudad de México y San Luis Potosí son algunos de los estados de la República que ya regulan este delito, recordó.